Es decir, las compañías financieras que lo ofrecen no solo se encargan de los trámites para cobrar en las fechas establecidas sino que también contemplan el anticipo del dinero de las facturas.
Dicho de otra forma, la definición del factoring es la decisión de una empresa de externalizar la gestión de cobro, cediendo sus derechos comerciales (facturas, pagarés, certificaciones de obra, etc.) a favor de una entidad financiera.
Su nombre viene del término factor, que representa a la compañía financiera.
El factor se encarga de valorar el riesgo de cada operación. Este vendrá determinado por la solvencia de los clientes cedidos, como responsables últimos del pago de las facturas.
De ello depende que la entidad financiera apruebe la solicitud y también determina el coste del servicio. A mayor riesgo mayor coste.
A través de esta fórmula, una empresa puede solicitar varios tipos de servicios.
Financiación. El factor realiza anticipos por los importes cedidos. Puede ser mediante un sistema de cuenta, como una póliza de crédito, o mediante un sistema de descuento (descuento comercial).
En el descuento, los intereses se pagan por adelantado en el momento de recibir el dinero. El tipo se aplica sobre el nominal solicitado y puede ser fijo o variable (en función del plazo hasta el vencimiento de las facturas).
Gestión de cobro. Incluye todos los trámites de cobro de las facturas cedidas, con un ahorro en tiempo y costes para las empresas.
Cobertura de riesgo. El factor puede asumir el riesgo de impago de las facturas y encargarse de la reclamación. La empresa quedaría cubierta de cualquier insolvencia de su cliente.
Servicios adicionales: control de los créditos y la cartera de clientes, asesoramiento, etc.
Para un empresario, el objetivo principal de una operación de factoring o factoraje es la cesión de su crédito comercial para obtener financiación rápida a corto plazo.
El acuerdo se formaliza como un contrato de servicio y puede ser negociado con libertad al no estar sometido a una regulación específica.
Las partes implicadas en un contrato de factoring son:
En el contrato se establecen las obligaciones de cada parte según los servicios contratados. En concreto, la forma y límites de los anticipos, y el tipo de interés, comisiones u otros gastos de la financiación.
El cedente debe entregar los documentos originales. Puede ceder las facturas que desee pero es común aprovechar el principio de globalidad y pactar la cesión de todas las facturas de un cliente o con un determinado volumen.
Así se logra una gestión más eficiente y se obtiene más liquidez.
Las principales modalidades contractuales o tipos de factoring se distinguen por la notificación y la cobertura de riesgo:
En el factoring con notificación, el cedente y/o el factor comunicarán formalmente a los deudores implicados que se ha cedido su crédito.
No es necesario ningún consentimiento por parte de estos, basta con que se les notifique el traspaso de las facturas que les afectan.
Desde ese momento, quedan obligados ante el nuevo acreedor: la compañía financiera, y solo será válido el pago ante ellos.
En este caso, los deudores no son notificados de la cesión de crédito. Al no tener conocimiento pagarán en su momento a la empresa que les ha facturado.
Si el cedente cobra directamente sus facturas queda obligado frente al factor a entregar el dinero correspondiente al crédito anticipado.
En el factoring sin notificación lo que se contrata realmente es un servicio de financiación.
Con la cláusula “sin recurso”, la compañía financiera asume el riesgo de cualquier retraso o impago por parte del deudor.
Esta condición libera al cedente de cualquier responsabilidad y el anticipo que recibe queda protegido. Esta fórmula es un salvavidas frente a la morosidad, impago, insolvencia o quiebra de algún cliente.
Cabe resaltar, que en el factoring sin recurso la financiera no cubre el impago si queda demostrado que se debe a discrepancias comerciales con la factura (por ejemplo, la no conformidad de la mercancía o el incumplimiento de otras obligaciones).
En el factoring con recurso, la empresa que cede el crédito responde por sus clientes.
El factor, llegado el vencimiento, reclamará el cobro en las condiciones y límites que se hayan pactado. Si no consigue cobrar, podrá exigir al cedente el importe que le haya anticipado de las facturas no cobradas, más los intereses.
Los beneficios del factoring para las empresas están relacionados con los servicios contratados. En términos generales, estas son las ventajas más relevantes:
En definitiva, con el apoyo de una buena compañía de factoring, las organizaciones mejoran su estructura financiera y sortean el riesgo comercial.